⠀
Las medidas restrictivas que han debido adoptarse para proteger la salud de los chilenos en el marco de la pandemia del Covid-19, han generado una paralización o reducción en los trabajos de miles de empresas, afectando especialmente a las MYPEs.
Esto, como sabemos, ha causado muchas pérdidas económicas, particularmente para las empresas de menor tamaño. Para contribuir a mejorar la situación que enfrentan, el Gobierno ingresó un proyecto de ley que otorga bonos de cargo fiscal para apoyar a las micro y pequeñas empresas en la crisis. Éste fue publicado en el Diario Oficial el 17 de junio y desde el 2 de este mes (julio) en la plataforma del SII se podrá inscribir para acceder a sus beneficios.
DETALLES DEL PROYECTO
Con el fin de inyectar liquidez, el proyecto establece bonos para las PYMEs, personas naturales o jurídicas, que hayan iniciado actividades en primera categoría antes del 31 de marzo de 2020, estén o no exentas de pago de IVA, y cuyos ingresos por ventas y servicios del giro no superen las 25 mil UF durante el 2020. Además, podrán acceder a los beneficios quienes cumplan con los requisitos para acogerse al régimen ProPyme, salvo que sean sociedades de inversión o que desempeñen actividades financieras.
REQUISITOS
Para recibir los beneficios deberán cumplir con uno de los siguientes requisitos:
Haber tenido al menos un trabajador contratado durante el 2020.
Haber declarado ingresos por ventas y servicios del giro por al menos dos meses, continuos o discontinuos, durante el año 2020 ó 2021.
Que correspondan a alguno de los rubros más golpeados por la pandemia y hayan tenido ingresos por ventas en 2019. Los rubros se definirán vía decreto exento del Ministerio de Hacienda, como máximo 5 días después de la publicación de la ley y deben considerar a sectores especialmente afectados como la gastronomía, eventos, cultura, turismo, belleza y peluquerías, gimnasios, transporte escolar, jardines infantiles, ventas y mercados en ferias, entre otros servicios.
¿CUÁLES SON LOS BONOS?
Bono de alivio a MYPEs, con cargo fiscal de 1 millón de pesos por una sola vez.
Bono adicional variable. Con cargo fiscal por una sola vez, por un monto correspondiente a tres meses del promedio anual del débito fiscal IVA declarado en 2019, con tope de $2 millones.
Incremento para mujeres. Bonos de alivio a MYPEs y bono adicional variable que aumentarán en 20% en caso que la persona natural o la titular de una empresa individual de responsabilidad limitada sea mujer.
Pago de cotizaciones de trabajadores acogidos a LPE (Ley de Protección al Empleo):
Para MYPEs con trabajadores suspendidos por LPE, las cotizaciones de dichos trabajadores serán pagadas con cargo al Fondo de Cesantía Solidario.
MYPEs acogidas a la LPE que hayan declarado y no pagado las cotizaciones, podrán solicitar un “anticipo solidario” ante el SII para cubrir el total de la deuda, con 12 meses de gracia y cuyo pago será en un periodo de 5 años a tasa 0 (5 cuotas anuales de 20% cada una, con un tope equivalente al 10% de su renta líquida imponible de dicho año. Lo que exceda de dicho monto será condonado).
Bono equivalente a las cotizaciones de un mes de los trabajadores suspendidos acogidos a la LPE, para las MYPEs que hayan pagado o declarado (y no pagado) las cotizaciones, calculado sobre la base del mes de mayor gasto entre enero y marzo de 2021.
5. Acceso excepcional. Las MYPEs que mantengan deudas previsionales con sus trabajadores al 31 de marzo 2021, excepcionalmente podrán acceder a estos beneficios. Sin embargo, deberán destinar al menos el 30% del bono de alivio al pago de las cotizaciones adeudadas. Si la deuda fuere inferior al 30% del bono de alivio, se deberá pagar el total de la deuda.
6. Bono microempresarios de ferias libres. Para todos los efectos, se entenderá que aquellos microempresarios de ferias libres, por el solo hecho de tener permiso municipal respectivo al día y sin la necesidad de cumplir los requisitos establecidos en la letra a) y b) del artículo 1 de la ley, serán beneficiarios de los bonos establecidos en dicho artículo.
¿CÓMO SE SOLICITARÁN LOS BONOS?
Los bonos se solicitarán por la página del SII por Bono alivio a MYPEs, hasta 15 días después de publicada la ley y por un mes, así como por Bono adicional variable, hasta 60 días después de publicada la ley y por 2 meses.
Los bonos serán depositados en la cuenta establecida al momento de la solicitud, en un plazo de 20 días desde su otorgamiento. En caso de no indicar cuenta, serán pagados por caja en Banco Estado.
OTRAS MEDIDAS DEL PROYECTO
Los bonos no estarán afectos a impuesto alguno.
Se creará un Registro Nacional de MYPYMEs a cargo del Ministerio de Economía, para incorporar automáticamente a las que reciban los beneficios de la ley.
Las empresas con ventas anuales sobre 25 mil UF podrán acceder al FOGAPE, en la medida que hayan caído sus ventas en al menos 10%.
Se dispone que si por el uso del Fondo de Cesantía Solidario, éste deja de ser sustentable, el Estado podrá comprometer recursos fiscales por la cantidad necesaria para el financiamiento de las prestaciones de cesantía, por hasta USD 2.000 millones.
Comentários