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El Libro de Remuneraciones Electrónico (LRE) es una plataforma puesta a disposición de los empleadores en el portal web de la Dirección del Trabajo (www.direcciondeltrabajo.cl), a fin de que informen estandarizada y mensualmente los pagos de remuneraciones, asignaciones, otros beneficios e indemnizaciones efectuados a sus respectivos trabajadores, con carácter de equivalente en soporte electrónico de la obligación contenida en el artículo 62 del Código del Trabajo (CdT).

El Servicio de Impuestos Internos (SII) ha autorizado e instruido al respecto, que el libro auxiliar de remuneraciones sea llevado en un sistema electronico, particularmente mediante el uso de la plataforma de LRE dispuesta por la Dirección del Trabajo (DT) y las reglas de operación diseñadas para ello.

Cabe recordar que el LRE está enfocado en empleadores, tanto personas naturales como jurídicas, con 5 o más trabajadores. No es obligatorio su uso por parte de la DT, pero en caso de optar por esta opción en su portal, se convierte en obligación desde ese momento.

El plazo para informar la declaración en forma electrónica correspondiente al mes anterior, vence los días 15 de cada mes. Si el día 15 corresponde a un domingo o festivo, el plazo se amplía hasta la medianoche del día hábil siguiente.

¿CÓMO Y DÓNDE HAGO EL TRÁMITE?

  • En línea: https://www.dt.gob.cl/portal/1626/w3-article-119843.html#online

  1. Reúna los antecedentes requeridos. No olvide leer las condiciones en el campo "¿Qué necesito para hacer el trámite?".

  2. Haga clic en "ir al trámite en línea" y luego en "iniciar sesión".

  3. Escriba su RUN y ClaveÚnica y haga clic en "continuar". Si no la tiene, solicítela en https://www.chileatiende.gob.cl/fichas/11331-obtener-la-clave-unica

  4. Actualice sus datos si es primera vez que accede al portal Mi DT.

  5. Ingrese al perfil "empleador".

  6. Haga clic en "Libro de Remuneraciones Electrónico" y luego en el mes en que desea realizar la declaración.

  7. Seleccione una opción:

  • Carga masiva:

    • Haga clic en "archivo CSV" (carga masiva) o "formulario en pantalla".

    • Si la opción escogida es "archivo CVS", seleccione "elegir archivo" para cargar la planilla CSV o TXT del Libro de Remuneraciones Electrónico (LRE) del mes respectivo.

    • Haga clic en "enviar declaración".

    • Formulario en pantalla:

    • Seleccione "formulario".

    • Complete la información solicitada (obligatoria y opcional, según corresponda).

    • Haga clic en "finalizar registro" para concluir la declaración mensual.

8. Como resultado del trámite, habrá informado las remuneraciones de sus trabajadores y trabajadoras a través del Libro de Remuneraciones Electrónico (LRE). Recibirá una notificación en su correo electrónico.


ESTRUCTURA DEL LIBRO DE REMUNERACIONES ELECTRÓNICO

Éste considera las siguientes secciones: Datos del trabajador, haberes, descuentos, aportes del empleador y totales. En cada una de ellas hay varias casillas que llenar con respectivos códigos.


En el caso del trabajador, por ejemplo, se le identifica, precisan fechas de contrato y se deja espacio para la fecha de término del mismo. También causa de la desvinculación. Asimismo, lugar en que presta los servicios, tipo de impuesto a la renta a que está afecto, si es un técnico extranjero (exención de cotizaciones previsionales, ley 18.156), tipo de jornada, si posee o no discapacidad, si es pensionado, tipo de pensión, seguro de salud al que se encuentra afiliado, siposee o no Seguro de Cesantía, AFC, situación de afiliación de la empresa empleadora a una Caja de Compensación y Asignación Familiar, situación de afiliación de la empresa empleadora a un organismo administrador del Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales contemplado en la ley Nº 16.744, número de cargas familiares legales autorizadas, número de cargas familiares maternales, número de cargas familiares con invalidez, tramo de asignación familiar, rut de organización sindical, días trabajados en el mes, días de licencias en el mes, vacaciones en el mes, si posee subsidio al trabajo joven, si tiene un puesto de trabajo pesado, si tiene ahorro previsional voluntario individual o colectivo, si tiene derecho de indemnización a todo evento y la tasa de ésta.


En la sección haberes se incorporan los imponibles, como los sueldos y sobresueldos (horas extraordinarias), comisiones, gratificaciones, recargos (por ejemplo, de los domingos), remuneraciones variables pagadas en vacaciones, aguinaldos, etc. En el caso de los imponibles y no tributables, los subsidios por incapacidad laboral por licencia médica, becas de estudio, gratificación de zona y otros. Finalmente, los haberes no imponibles y no tributables, como colación mensual, movilización, viáticos, etc.

En los descuentos van las cotizaciones obligatorias, voluntarias, impuestos retenidos por remuneraciones, cuotas sindicales, cuotas de créditos, vivienda, educación, cooperativas, entre otros.


En la sección aportes del empleador, lo relativo a la AFC, al seguro de accidentes, seguro de invalidez, etc. Y por último, en totales, se indica el resumen de los haberes, descuentos y aportes.

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