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Ley que regula la entrega de PLƁSTICOS DE UN SOLO USO Y LAS BOTELLAS PLƁSTICAS


En esta ediciĆ³n nos enfocaremos al segundo Ć­tem de esta ley que son las BOTELLAS PLƁSTICAS, con la finalidad de que nuestros asociados puedan complementar la informaciĆ³n entregada en el numero de la revista anterior.


ĀæCuĆ”l es el objetivo de la ley?

Proteger el medio ambiente y disminuir la generaciĆ³n de residuos mediante la limitaciĆ³n en la entrega de productos de un solo uso tanto plĆ”sticos como de cualquier otro material en establecimientos de expendio de alimentos. Asimismo, busca fomentar la reutilizaciĆ³n y la certificaciĆ³n de plĆ”sticos de un solo uso, y regular las botellas plĆ”sticas.


ĀæQuĆ© materias regula la ley?

La ley regula dos materias principales. En primer tƩrmino, la entrega de productos de un solo uso en establecimientos de expendio de alimentos. En segundo lugar, las botellas plƔsticas de bebestibles, tanto retornables como desechables.


BOTELLAS PLƁSTICAS

ĀæCĆ³mo se regulan las botellas plĆ”sticas de bebestibles?

Esta ley regula las botellas plƔsticas de bebestibles para consumo humano que no contienen alcohol ni productos lƔcteos. Es decir, dentro de los bebestibles se encuentra el agua, las bebidas, los jugos, etc. Otros productos lƭquidos, como aceites o endulzantes, no se encuentran incluidos.

Hay dos tipos de botellas plƔsticas permitidas. Las botellas plƔsticas retornables, y las botellas desechables que son fabricadas con un porcentaje de plƔstico que haya sido recolectado y reciclado en Chile. La ley establece obligaciones especiales para las botellas retornables y las desechables.


RETORNABLES

ĀæDĆ³nde puedo comprar y devolver botellas retornables?

Tanto supermercados, almacenes y tiendas de conveniencia (que la ley define como ā€œcomercializadores de bebestiblesā€) tendrĆ”n la obligaciĆ³n de vender y recibir botellas retornables, ya sea que las hayan comercializado en sus canales presenciales o por medios electrĆ³nicos.

Para los supermercados, esta obligaciĆ³n comienza a regir a los seis meses de entrada en vigencia la ley. Es decir, desde el 13 de febrero de 2022. Por su parte, para almacenes y tiendas de conveniencia, esta obligaciĆ³n comienza a regir a los dos aƱos de entrada en vigencia la ley, es decir, desde el 13 de agosto de 2023.

En el caso de los supermercados, el porcentaje de botellas de formato retornable a la venta disponibles en vitrina serĆ” establecido por el reglamento de la ley. No obstante, dicho porcentaje no podrĆ” ser inferior al 30% a partir del tercer aƱo de la publicaciĆ³n de la ley, es decir, desde el 13 de agosto de 2024.


ĀæEstĆ”n obligados los comercializadoras de bebestibles a vender y recibir botellas retornables a travĆ©s de medios electrĆ³nicos?

La ley establece que todos los comercializadores de bebestibles (supermercados, almacenes y tiendas de conveniencia) estarĆ”n obligados a ofrecer bebestibles en botellas retornables y a recibir de los consumidores estos envases, sea que la venta se realice presencialmente o por medios electrĆ³nicos. Por tanto, cuando la compra sea realizada por delivery, los comercializadores estarĆ”n igualmente sujetos al cumplimiento de esta obligaciĆ³n.


ĀæEstĆ”n los establecimientos de expendio de alimentos obligados a vender botellas retornables?

No, los establecimientos de expendio de alimentos podrƔn vender botellas retornables, desechables, o ambas. En el caso que el establecimiento comercialice botellas plƔsticas desechables, estas deberƔn cumplir con los requisitos sobre el contenido de plƔstico reciclado establecido en la Ley.


ĀæQuĆ© ocurre con los importadores y pequeƱos productores de bebestibles?

Los importadores de bebestibles en botellas plĆ”sticas desechables y los pequeƱos productores de bebestibles (micro, pequeƱas o medianas empresas), estarĆ”n exentos de la obligaciĆ³n de retornabilidad de las botellas.

Los primeros, no obstante, deberĆ”n dar cumplimiento a las obligaciones contenidas en la Ley NĀŗ 20.920, ā€œMarco para la GestiĆ³n de Residuos, la Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclajeā€.


FISCALIZACIƓN

ĀæQuiĆ©n fiscalizarĆ” el cumplimiento de la ley?

Las municipalidades. No obstante, cualquier persona podrĆ” denunciar el incumplimiento de las obligaciones establecidas en la ley ante el Juzgado de PolicĆ­a Local competente o ante el municipio correspondiente.


ĀæA quiĆ©n sanciona la ley y cuĆ”l es el valor de las multas?

TratĆ”ndose de incumplimientos por parte de un establecimiento de expendio de alimentos, el Juez de PolicĆ­a Local aplicarĆ” multas a la persona natural o jurĆ­dica que explote dicho establecimiento, y su determinaciĆ³n dependerĆ” de la capacidad econĆ³mica y conducta anterior del infractor.

TratƔndose de incumplimientos por parte de los comercializadores de bebestibles, el Juez de Policƭa Local aplicarƔ multas al comercializador que enajene, a cualquier tƭtulo, a los consumidores finales, botellas plƔsticas desechables que no se encuentren certificadas que incumpla con las exigencias de retornabilidad. Las multas no serƔn impuestas a los consumidores


Las posibles multas son las siguientes:


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