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Matriz de identificación de peligros y evaluación de riesgos DS 44

La publicación del Decreto Supremo N°44 (DS 44), que aprueba el nuevo reglamento sobre gestión preventiva de riesgos laborales, establece la “Matriz de identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos” como un instrumento clave para determinar los riesgos asociados a los procesos laborales y definir las medidas preventivas necesarias.

Las empresas están obligadas a confeccionar una matriz que abarque procesos, tareas y puestos de trabajo, en un documento que debe estar disponible en los lugares de trabajo y ser comunicado a todos los trabajadores, incluyendo comités paritarios, delegados de seguridad y representantes sindicales.


La entidad empleadora debe considerar la exposición a agentes y factores de riesgo laboral, tales como riesgos ergonómicos, psicosociales, violencia y acoso en el trabajo. Además, debe analizar antecedentes como accidentes laborales previos y enfermedades profesionales, integrando un enfoque de género en su evaluación.


La matriz debe incluir como mínimo los siguientes aspectos:


- Identificación de peligros: se deben reconocer todas las fuentes, situaciones,

condiciones o entornos que puedan generar lesiones o afectar la salud de los trabajadores, considerando sus características y vulnerabilidades.

- Evaluación de riesgos: cada peligro identificado debe ser evaluado en función de su probabilidad de ocurrencia y la magnitud del daño que podría generar. Esta evaluación debe contemplar tanto las condiciones actuales de trabajo como aquellas previsibles en el futuro.


Las metodologías de evaluación podrán ser cuantitativas o cualitativas, siempre que se utilicen criterios validados por la autoridad competente. Además, la ”Guía Técnica para la Identificación y Evaluación Primaria de Riesgos en los Ambientes de Trabajo” del Instituto de Salud Pública, servirá como referencia fundamental en este proceso.


La entidad empleadora deberá adoptar medidas preventivas y de emergencia adicionales si el riesgo evaluado es considerado elevado, alto o grave. Asimismo, la matriz deberá ser revisada anualmente o cuando ocurran cambios en las condiciones de trabajo, accidentes laborales, diagnósticos de enfermedades profesionales o situaciones de riesgo grave e inminente.


Para su elaboración y actualización, las empresas podrán solicitar asistencia técnica de las mutualidades administradoras del seguro de la Ley N°16.744.


El DS 44 marca un avance significativo en la protección de los trabajadores y en la promoción de entornos laborales más seguros y saludables. La implementación efectiva de esta matriz no solo ayudará a prevenir accidentes y enfermedades laborales, sino que también fomentará una cultura de seguridad basada en la identificación y gestión proactiva de los riesgos. La seguridad laboral no es solo una obligación legal, sino un compromiso ético con el bienestar de quienes sostienen el desarrollo de nuestras empresas y economía.








Por: Ignacio Rojas

Prevencionista de riesgo de Indupan

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Revista de panadería y pastelería
en Chile por INDUPAN

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